La Defensoría del Niño del Colegio de Abogados de San Isidro, está conformada por un equipo interdisciplinario de profesionales, abogados, psicólogos, trabajadores sociales, psicopedagogo, psiquiatra, médico y una licenciada en las ramas de educación.
Su eje de intervención es la Convención de Derechos del Niño y leyes aplicables. Comenzó sus funciones hace 9 años, hoy ocupa dependencias diseñadas para la atención de niños y ha gracias a su excelente labor ha recibido gran catidad de galardones y reconocimientos.
La Dra. Diana Fiorini, es la Directora de esta Defensoría del Menor explica: “No está demás recalcar que uno de los objetivos primordiales de nuestra labor es la no judicialización de los conflictos que involucren menores, por lo que en cada caso particular, luego de escuchar al menor tal como indica el art. 12 de la Convención de los Derechos del Niño, se arbitrarán todas las medidas interdisciplinarias tendientes a la resolución del conflicto dentro del marco legal vigente, apelando al patrocinio jurídico gratuito solo cuando este se instituya en la única vía de acceso expedito a los derechos conculcados”.
La metodología de trabajo es interdisciplinaria, por lo que en las entrevistas iniciales y cuando fuera oportuno, secundarán al abogado especialista un equipo formado por un psicólogo y una asistente social, con el objeto de realizar un diagnóstico mas ajustado a la realidad y propiciar una acción más eficaz e integradora en el área de prevención.
“La defensoría del niño –detalla Fiorini- tomará intervención en aquellos casos en que los Derechos del Niño se encuentren conculcados o sufran un menoscabo susceptible de resolución dentro del marco jurídico vigente. El objeto de la intervención jurídica es operativizar los principios consagrados en la Convención de los Derechos del Niño, norma de rango constitucional, a fin de dar plena vigencia a los mismos. El área de incumbencia incluye la materia civil y penal de menores, en aquellos casos en que el menor, cuyos derechos se encuentren vulnerados, no disponga de recursos propios o familiares para abonar los honorarios correspondientes a un abogado de la matrícula”.
El derecho argentino de menores admite una clara diferenciación entre antes y después de adoptarse la Convención. Se ha producido una real mutación en el status jurídico del menor, que ha pasado de ser un “objeto de protección” a “sujeto de derechos”.
Este cambio paradigmático conlleva la revisión del nuevo rol que les cabe a los operadores jurídicos y la necesidad de instalar como tema prioritario la discusión acerca del marco ético de intervención a la luz de los principios consagrados en la Convención.
En este nuevo contexto jurídico, el perfil del abogado del niño adquiere especificidades propias en razón de la materia, los sujetos a quienes se direcciona la intervención y la metodología interdisciplinaria que atraviesa las distintas etapas del accionar de los profesionales intervinientes.
Como acertadamente opina Fiorini, en épocas de cambio emergen nuevas incumbencias, es de esperar que la Defensoría del Niño consolide a través de un trabajo sostenido y responsable, este nuevo camino en la defensa de los Derechos Humanos cuyo ejercicio encuentra, en el Colegio de Abogados de San Isidro, el marco institucional idóneo para su ejercicio.
Día de Atención: Lunes de 09:00 a 13:00. Acassuso 426, San Isidro, tel.: 4743-2766 / 4743 - 5720 (internos 245–246 -256)