La Municipalidad de San Isidro había oficializado un nuevo período de prórroga desde el 22 de Enero de 2026 del sistema de fotomultas por un período de 180 días hábiles, hasta tanto se completara el diseño de un nuevo esquema de control de infracciones viales.
El intendente Ramón Lanús había decretado en Abril de 2025, la suspensión del sistema de fotomultas por 180 días hábiles para auditar su funcionamiento y garantizar que su aplicación esté orientada a la seguridad vial.
Ese período vencía el 21 de Enero de 2026, pero se resolvió ampliar la suspensión por otros 180 días hábiles "o el menor plazo que requiera la puesta a punto del sistema, a fin de permitir la continuidad del trabajo en curso y la adecuada formulación e implementación del sistema de control automatizado de infracciones tránsito (fotomultas)."
Calculando los días hábiles, el plazo terminaría el viernes 17 de Octubre por lo que el lunes 20, si no se informa algo distinto, volverían a registrarse las infracciones de tránsito mediante el sistema de cámaras en la vía pública.
La fotomultas, para que sean válidas y se pueda reclamar su cobre, deben cumplir con ciertos requisitos obligatorios
• Homologación y calibración: El radar (cinemómetro) tiene que estar homologado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial y contar con su calibración vigente (renovada periódicamente por el INTI).
• Cartelería de advertencia: Debe existir señalización visible en la vía pública (entre 300 y 500 metros antes del puesto de control) que avise la presencia de radares.
• Datos exactos de la infracción: El acta debe especificar claramente la fecha, hora (con minutos y segundos), lugar preciso, ruta, kilómetro y mano en la que ocurrió.
• Imagen clara y fidedigna: La fotografía debe mostrar de manera legible la patente del vehículo, además de registrar la velocidad permitida y la velocidad a la que supuestamente circulaba.
• Datos de la autoridad: Debe indicar el juzgado de faltas o la autoridad competente emisora, con firma y dirección.