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Rige la reducción de velocidad para embarcaciones a motor, comerciales y deportivas
   
La puesta en vigencia de la disposición PZDE,RI.7 Nº 02/2015 emitida por la Prefectura de Zona Delta, estableció la reducción de velocidad de las embarcaciones propulsadas a motor que naveguen en diferentes cursos de ríos, canales y arroyos de la 1ª Sección de Islas del Delta.

La Prefectura Naval Argentina, en salvaguarda de la vida humana en las aguas y atendiendo la seguridad de la navegación en el Delta, implementó a partir del 23 de Enero de 2015, la reducción de velocidad en diferentes cursos de ríos, canales y arroyos de la 1ª Sección de Islas del Delta con el objeto principal de reducir o eliminar los índices de acaecimientos de la navegación, que fueron incrementándose en los últimos años, y que son ocasionados por embarcaciones a motor, que circulan a gran velocidad, produciendo oleajes que ponen en riesgo la vida de los tripulantes de botes a remos, al provocar colisiones y vuelta campana de los mismos.

Dentro de los cursos de agua que se regulan, se encuentran los pasos obligados de botes a remos, que zarpan o arriban desde sus respectivos amarraderos o lugares de guarda. Esta regulación minimiza potenciales riesgos que podrían padecer los botes a remo durante su incursión en el Río Luján, al intentar realizar el cruce del mismo. Asimismo, los propietarios de las embarcaciones a motor deberán tener en cuenta que la velocidad a la que deben desplazarse al navegar deberá ser la mínima compatible con su maniobra y gobierno que NO genere oleajes en los siguientes cursos de agua:

  • Río Lujan desde la intersección con el Canal Vinculación hasta el Canal Arias.
  • Río Sarmiento desde Victoria hasta su intersección con el Río Lujan.
  • Río Caraguatá.
  • Río Carapachay desde intersección con el Arroyo Angostura hasta Río Lujan.
  • Río Capitán.
  • Arroyo Dorado.
  • Pasaje El Sueco, desde la intersección con el Río Paraná de las Palmas hasta el Arroyo Sin Nombre.
  • Arroyo Pajarito.
  • Arroyo Abra Vieja.
  • Canal del Este, desde el Canal Honda hasta el Arroyo Tres Sargentos.
  • Río San Antonio a partir del Canal Vinculación, hacia su confluencia con el Río de la Plata.

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