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Incluir el número telefónico en el registro 'No llame' no impide campañas políticas
   
Las ofertas de servicios telefónicos, productos bancarios, automóviles, encuestas, son motivo de llamados cotidianos en muchos hogares, en muchos casos en horarios más que inoportunos.

Ahora los usuarios telefónicos de todo el país podrán comunicarse al 146 o llenar un formulario por Internet, para inscribirse en el registro "No Llame" para que las empresas no puedan ofrecerles promociones, servicios y productos por teléfono (móvil o fijo).

El trámite de inscripción y baja del registro es gratuito. Para darse de alta, en el sitio www.nollame.gob.ar el usuario debe dirigirse al botón "registrar mi número", completar las casillas del formulario y confirmar del alta de la línea, en la que el servicio se comunicará con el número de teléfono consignado. Una vez realizada la confirmación, las empresas tienen hasta 30 días para dejar de llamar a los usuarios registrados.

La vigencia del bloqueo es 2 años, y una vez vencido ese plazo el usuario puede volver a registrar su número. El usuario puede darse de baja cuando lo desee.


Las campañas y las encuestas seguirán entrando

Si bien este nuevo registro bloquea la mayoría de los llamados de venta telefónica, las campañas electorales, las encuestas de opinión, las comunicaciones por campañas de bien público y las llamadas de emergencia (para garantizar la salud y seguridad de la población), NO ESTARÁN BLOQUEADOS.

La norma que regula el servicio fue publicada en el Boletín Oficial, luego de que el Poder Ejecutivo la reglamentó el 17 de Diciembre, a través del decreto 2.501. El objetivo de la normativa es "proteger a los titulares o usuarios autorizados de los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades de los abusos del procedimiento de contacto, publicidad, oferta, venta y regalo de bienes o servicios no solicitados", que a partir de ahora "deberán derivar siempre del requerimiento del interesado, requisito, que actuará como principio rector en la materia".

El Ejecutivo destacó que, en base a las normas sobre defensa del consumidor y lealtad comercial, "resulta necesario prever que, quienes publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios, utilizando como medio de contacto los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, deberán siempre realizar los llamados desde un número visible desde el identificador de llamadas".

El 30 de Septiembre de 2013, el gobierno de la provincia de Buenos Aires publicó en el Boletín Oficial el decreto Nº 559/13, por medio del cual se reglamenta la Ley Provincial Nº 14.326 denominada "Registro no llamar", para "proteger a todos los usuarios de los abusos de los servicios telefónicos".

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