San Isidro, Buenos Aires | |

 

 

 

 

 

 

     
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Usar bolsas no degradables atenta contra el medio ambiente
   
Mientras la Municipalidad de San Isidro tiene vigente la ordenanza N° 8366, que prohíbe que en todo el ámbito del Partido se entregen bolsas confeccionadas con materiales que no reúnen las características biodegradables, oxibiodegradables, hidrodegradables o cualquier otro tipo similar para el transporte de mercadería adquirida en supermercados, hipermercados, shoppings y comercios mayoristas o minoristas en general, la ley provincial 13.868, sancionada hace un año, le daba un plazo de 12 meses a las grandes cadenas de supermercados para dejar de usar bolsas de nylon. Para lo comercios pequeños el plazo provincial es de 24 meses.

El objeto de la medida sanisidrense, como se señaló oportunamente, es preservar el ambiente y mejorar la calidad de vida de la sociedad actual, como también de las generaciones futuras, avanzando hacia la obtención de un desarrollo sustentable.

Por tal motivo es de especial importancia comenzar a reducir la generación de los efectos contaminantes que provoca la disposición de bolsas y embalajes de material plástico no degradable, suministrados por los comercios que se encuentran dentro del ejido municipal.

Para la confección e impresión de inscripciones en los envases degradables deben emplearse sustancias y materiales de características no tóxicas que respeten las normas ambientales vigentes.

Con el propósito de adecuarse a los objetivos establecidos y para la instrumentación de los cambios necesarios por parte de los comercios, estos pueden efectuar sus consultas en la Dirección de Gestión Ambiental, Seguridad y Habilitaciones Industriales, dependiente de la Secretaría de Inspecciones y Registros Urbanos de la comuna (inspeccion@sanisidro.gov.ar).

La norma provincial establece, por su parte, que no será aplicable cuando, por cuestiones de asepsia las bolsas de polietileno deban ser utilizadas para contener alimenos o insumos húmedos.

En cuanto a las penalidades, se menciona apercibimiento, multas de entre 10 y 1000 sueldos básicos, decomiso de las bolsas no degradables y clausura.

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