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Conversión y renuncia: Hay algo más que la razón y la ciencia
   
[2007] -

La senadora socialista española Mercedes Aroz Ibañez anunció su retirada de la política y su conversión al cristianismo.

De esta manera Aroz pone fin a 32 años en el Partido Socialista, en el que ha ejerció numerosas responsabilidades orgánicas y públicas, entre ellas y durante 21 años, la de diputada y senadora en el Parlamento español.

La senadora socialista por Barcelona comunicó su retirada de la política por discrepancias con el gobernante PSOE (Partido Socialista Obrero Español del jefe de gobierno José Luis Rodríguez Zapatero) a raíz de la aprobación de leyes como el matrimonio homosexual, la de reproducción asistida y la de investigación biomédica, porque "chocan frontalmente con la ética cristiana".

Aroz -cofundadora del Partido Socialista Catalán- anunció su conversión al catolicismo, tras varias décadas militancia marxista, en un proceso de transformación personal que ha durado "varios años" y que ha culminado en su "plena integración como miembro de la Iglesia Católica".

"Mi actual compromiso cristiano me ha llevado a discrepar con determinadas leyes del Gobierno que chocan frontalmente con la ética cristiana, como la regulación dada a la unión homosexual o la investigación con embriones, y que en conciencia no he podido apoyar. En consecuencia se imponía la decisión que he tomado", afirmó.

"He querido hacer pública mi conversión para subrayar la convicción de la Iglesia Católica de que el cristianismo tiene mucho que decir a los hombres y mujeres de nuestro tiempo, porque hay algo más que la razón y la ciencia. A través de la fe cristiana se alcanza a comprender plenamente la propia identidad como ser humano y el sentido de la vida", indicó.

Según Aroz, "la libertad religiosa reclama el respeto y un reconocimiento positivo del hecho religioso, frente a un intento de imponer el laicismo" por parte del Estado, a la vez que reclama a éste que ponga las bases para facilitar "la educación religiosa en la escuela".


La senadora más votada

En España las listas electorales son cerradas. Sólo se pueden elegir nombres propios en las elecciones al Senado. Y el senador más votado de la historia del Senado es Mercedes Aroz (1.602.225 votos en las últimas elecciones, el 53,67%), como senadora socialista por Barcelona.

Según Forum Libertas: "En una época de ‘cuotas’ en listas electorales, donde hay mujeres ‘políticas’ de curriculum brevísimo, la senadora Aroz es una veterana de primera línea: marxista ortodoxa durante décadas, se afilió al PSOE en 1976, proveniente de la rojísima Liga Comunista Revolucionaria. En el PSC formó parte de su dirección política durante 18 años, así como del Comité Federal del PSOE. En 1986 fue elegida diputada por Barcelona a las Cortes". Cabe señalar Aroz también renunció a todos los cargos partidarios.


Los argumentos de la socialista Mercedes Aroz a favor del matrimonio de hombre y mujer

La senadora socialista Mercedes Aroz, elegida por Barcelona en las últimas elecciones como candidata más votada (por encima de hombres como Jordi Solé Tura e Isidre Molas), expone por escrito los argumentos que la han llevado a estar en contra de la reforma del Código Civil que permite casarse a dos personas del mismo sexo. Las 6 razones fueron desarrolladas por la propia parlamentaria del PSC-PSOE en estos términos:

1- Como legisladora, considero que las normas jurídicas deben garantizar el bien común, algo que esta ley no cumple a mi juicio, ya que no mantiene el equilibrio necesario entre la ampliación de los derechos civiles para la minoría homosexual y la salvaguarda de los intereses generales.

2.- Coincido, en mi oposición a esta Ley, con las posiciones sobre esta cuestión de buena parte de la socialdemocracia europea y las del socialismo francés que representa Lionel Jospin, así como con los argumentos jurídicos expresados por organismos representativos, como el Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial. Mi crítica es a la regulación jurídica concreta por la que se ha optado para el reconocimiento de derechos a la unión de personas homosexuales, que rompe la configuración objetiva del matrimonio y no da prioridad a los derechos de la infancia.

3.- La Ley confunde una institución de relevancia social, como es el matrimonio, con formas de convivencia basadas en la orientación sexual que, como reconoce la propia Ley, son algo de trascendencia personal, aunque puedan generar derechos. Por el contrario, la unión de un hombre y una mujer en la que se basa el matrimonio, de la que procedemos todos y que asegura el futuro de la humanidad, genera beneficios sociales y requiere, por ello, una regulación jurídica propia y una protección adecuada.

4.- La Ley va más allá de equiparar uniones homosexuales y matrimonio, ya que propone cambiar la esencia de la institución matrimonial basada en la ley natural y civil, y de la que procede también el matrimonio canónico. Esta alteración del matrimonio implica debilitar la institución más importante de la sociedad. Y no parece que convenga a la sociedad, en su conjunto, que se debiliten instituciones jurídicamente consolidadas que son su propio cimiento.

5.- Con respecto a la adopción, no hay estudios concluyentes sobre los efectos para el desarrollo armónico de los niños en parejas del mismo sexo. Hay opiniones contradictorias de los expertos. Por tanto, ante la duda, hay que inclinarse por anteponer los derechos de los menores que, según nuestro ordenamiento jurídico, han de tener prioridad absoluta para el legislador.

6.- Finalmente lamento que, en una Ley de esta trascendencia, no se haya propiciado un gran consenso parlamentario y que se haya creado una situación de fuerte división social, desoyendo la posición contraria de millones de ciudadanos españoles representados por otros partidos políticos democráticos y expresada también a través de asociaciones e instituciones importantes de nuestra sociedad, especialmente cuando hay otras alternativas. Valga el ejemplo de la reciente Ley aprobada en Suiza, que denomina a la unión homosexual Pacto Civil de Solidaridad (PCS), que no equivale al matrimonio ni permite adoptar, pero equipara los derechos en el ámbito fiscal, penal, de sucesiones, de Seguridad Social y de jubilación.



 
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