San Isidro, Buenos Aires | |

 

 

 

 

 

 

     
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Dolor: El padre sanjuanino perdió a su hijo
   
Sin que su padre lo supiera aún, el niño que crecía y se desarrollaba despreocupadamente, fue eliminado por decisión de su madre bajo el amparo de una ley genocida, aprobada con trampas y mentiras en Diciembre de 2020.

Así, el gobierno nacional en manos de Alberto Fernández, con la activa participación de la mayoría del arco político argentino representado en el Congreso y las habituales gestiones de organismos extranjeros, se llevó puesta una vida más, destruyó un futuro y, en este caso, provocó un inmenso dolor a un hombre que buscaba proteger la vida, sólo eso.

El domingo 2 de Mayo nos enteramos que la sala III de la Cámara de Apelaciones de San Juan había fallado a favor de Franco, el padre, para que no se eliminara al hijo que concibió con su esposa y que, según se entendía, aún estaba en su vientre.

Ahora trascendió, a través del letrado Reinaldo Bedini, que la mujer desechó al niño (1) hace 14 días, el 21 de Abril, utilizando la droga Misoprostol (2) que le suministraron en el Hospital "Dr. Federico Cantoni" del departamento de Pocito, a 15 km. de la capital de San Juan.

Esto significa que el hijo de Franco y su esposa fue eliminado, arrancado del útero por efecto de la droga suministrada, expulsado del ámbito en el que crecía y arrojado como desecho en la propia casa. A su padre se le privó de poder cuidarlo, educarlo, abrazarlo. La vida del hijo de Franco concluyó dramáticamente y el dolor de su padre y de muchos argentinos que supieron de él, tal vez jamás desaparezca.

Bedini presentó el 4 de Mayo un recurso de reposición con el objetivo de que la autoridad reconsidere el dictamen que favoreció al marido de su representada. El abogado dijo que lo sucedido lo define como "violencia sexual" por parte de hombre que buscaba salvar a su hijo de la muerte.

El tribunal -que integran Juan Carlos Pérez, Juan Carlos Noguera Ramos y Sergio Rodríguez-, había concedido la cautelar y ordenado que la mujer no abortara al niño, reconociendo derecho al progenitor que busca preservar su vida.

Bedini fue muy crítico de los jueces a quienes señaló por valerse de una norma "del siglo pasado" cuando está vigente la ley genocida de "Interrupción Voluntaria del embarazo".

Por su parte, el Dr. Martín Zuleta, uno de los dos abogados de Franco, expresó su sorpresa diciendo a Diario de Cuyo "Lo que puedo decir es que acá ha fallecido una persona que tenía derechos y eso provoca en nuestro patrocinado un daño moral terrible".

Tenemos que ver los términos de la presentación, si algunos datos que necesitamos corroborar. En principio, en lo que respeta a lo que se presentó –el pedido de inconstitucionalidad de la ley- va a venir en abstracto con esta novedad que se conoce esta tarde”.

Zuleta adelantó que pedirán, más allá de la constancia presentada por la defensa de la gestante, bajo qué condiciones se realizó la práctica abortiva, aunque aclaró que “no tengo elementos para poner en duda que haya sido en su momento y con las condiciones que se informan, pero queremos saber bien todo”.

[Fuente: Diario de Cuyo]

(1) La ley aprobada en Diciembre de 2020 no exige que haya motivos de salud reales para que una mujer tramite la eliminación de su hijo.

(2) El Misoprostol es la droga que el gobierno de Mauricio Macri aprobó en su dosis abortiva en 2018, apenas fracasó el intento de legalizar el homicidio prenatal. Posteriormente ese gobierno compró partidas para entregar en hospitales y centros de atención primaria para llevar a cabo abortos, aunque no había ley que lo permitiera. Esta droga es la que terminó con la vida de Keila Jones en Santa Cruz, de María del Valle González López en Mendoza, junto a sus respectivos hijos por nacer.

 
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