En el día de la fecha se ha tomado conocimiento de que el Juzgado Civil y Comercial N° 19 del Chaco a cargo de la Dra. Marta Beatriz Aucar de Trotti dispuso, en los autos caratulados "Dellamea Hilda Beatriz y otros c/Gobierno de la Provincia del Chaco y/o Ministerio de Salud Pública del Chaco y/o Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco s/medida cautelar", Expte Nº 511/21, hacer lugar a la medida cautelar solicitada por los peticionarios, y, en virtud de ello, suspender la aplicación de la Ley N 27.610, en el territorio de la Provincia, hasta tanto se resuelva la acción principal, que demanda la inconstitucionalidad de la ley citada.
Como fundamento de su requerimiento, en el que -además- solicitaron la habilitación de la feria judicial, los accionantes alegaron que ello se hacía a fin de que no se afectaran los derechos constitucionales en juego, a saber el interés superior del niño y el derecho a la vida desde la concepción vulnerados por la ley reputada inconstitucional y protegidos por la Constitución Nacional, los tratados internacionales con jerarquía constitucional (en especial la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño), las leyes 23,849 y 26.061 y el artículo 15, inc. 1 de la Constitución de la Provincia del Chaco.
Además, señalaron "el riesgo claramente palpable que generan los actos denunciados, los que llevan claramente a la muerte de uno, dos, tres, cien o miles de niños y niñas chaqueñas, ante la amenaza real, cierta y concreta de la entrada en vigencia de la ley 27.610, que favorecería el aborto libre contra los niños por nacer".
Felicitamos a los chaqueños que promovieron estas acciones a la par que celebramos la valentía de la jueza que suspendió la aplicación de la ley de aborto en la provincia.
[Fuente: Notivida]