El 13 de Marzo de 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió hacer una caprichosa interpretación del Código Penal para justificar el homicidio de un niño, cancelando la consideración de la salud mental de su progenitora.
El fallo "F., A. L.", como se lo conoció, fue lo que se invocó para implementar injustos protocolos para eliminar argentinos antes de nacer, aduciendo que la Corte obligaba a implementarlos, cuando es sabido que le correspondía y corresponde a los ámbitos legislativos la tarea de legislar. La Corte Suprema hizo un recorte sobre una norma y al "sugerir" a los gobiernos nacional y provinciales se excedió en sus funciones.
El caso se había iniciado en Enero de 2010, cuando una abuela ("A. F."), pidió que se eliminara al niño que gestaba su hija de 15 años ("A. G."), quien había sido violada por su marido ("O. C.").
La intervención médica que sacrificó la vida del niño se produjo finalmente el 11 de Marzo de 2010 en el Centro Materno Infantil del Hospital Zonal de Trelew y el caso llegó a la Corte Suprema.
El interés de imponer el aborto legal a demanda no nació en 2012, sino que tenía un largo camino recorrido. Fue el tribunal máximo del país el que, ignorando la Constitución y el marco jurídico que se le subordina y a los que debe proteger, el que fue parte de una orquestada y corrupta maniobra en contra de la vida más vulnerable.
Desde aquel fallo muchos miles de niños no pudieron hacer. Un hecho macabro facilitado por elegantes, instruidos y adinerados hombres y mujeres dedicados a administrar "justicia".
Integraban la Corte Suprema en ese momento Carmen M. Argibay, Carlos S. Fayt, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Enrique S. Petracchi y Eugenio Raúl Zaffaroni.
Luego de aquello, otros enemigos de la vida seguirían haciendo su "trabajo" hasta que dos presidentes propusieron que el aborto sea legal, los dos con mentiras y corrupción buscando su aprobación en el Congreso y uno lo consiguió, LAMENTABLEMENTE.