¿Dónde está lo malo del protocolo de abortos del gobierno nacional?
El 12 de Diciembre de 2019, sólo dos días después de que asumió la alianza gobernante con Alberto Fernández a la cabeza, el área de Salud de la Nación (recuperando su rango de ministerio que había perdido en Septiembre de 2018) impuso una resolución administrativa bajo el título "Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo".
Se trata del mismo manual inconstitucional de procedimientos que había implementado Adolfo Rubinstein y que el presidente de ese momento, Mauricio Macri, derogó el derogó el 22 de Noviembre, aunque dejando en funcionamiento el de 2015. Rubinstein dijo haberse visto obligado a renunciar.
El 10 de Enero de 2020 el ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires, Daniel Gollán, logró en la práctica lo que no le dejaron implementar en Marzo de 2015 cuando ejercía la misma función para el gobierno nacional de Cristina de Kirchner. Pretendió avanzar con la despenalización del aborto y le taparon la boca a sólo 2 días de asumir. Ahora, bajo el mando del gobernador Axel Kicillof, pudo adherir al protocolo nacional de Alberto Fernández/Ginés González García.
Como muchos saben pero se ocupan de negar caprichosamente, la Constitución Nacional, la Ley Fundamental del país, protege la vida desde la concepción. Bajo la Constitución están el Código Civil y Comercial (2015) y el Código Penal (1921) y por eso es falso el argumento de que éste último permite o da derecho al aborto.
El Código Penal, que no da derechos sino que tipifica delitos, considera -con la visión eugenésica de 1921- que si la mujer embarazada es demente y fue violada, al delito de aborto no se le aplicará pena. Sin dudas se creía que de una mujer insana mentalmente nacería un niño con las mismas condiciones, algo que hoy se sabe que no es así. El Código no establece que eliminar a ese niño esté bien o que se tenga derecho a ello, sino que la madre y el personal de salud interviniente no cumplirá la pena establecida si proceden a matarlo.
Cualquiera, incluso sin muchos conocimientos legales o técnicos, puede comprender esto: Matar a un ser humano antes de nacer es un delito como si ya hubiera nacido y estuviera en cualquier otra etapa de su existencia.
Lamentablemente, los medios de comunicación más competitivos de la Argentina (en especial de Buenos Aires) están del lado equivocado. Mientras en ocasiones se muestran escandalizados por cómo hay funcionarios que incumplen leyes -y hasta hacen trabajos de investigación al respecto-, se empecinan en repetir argumentaciones falsas respecto del aborto: mienten las cifras, entrevistan sólo a militantes del homicidio prenatal, festejan como un "logro" que se actúe legislativamente por el aborto, hacen coberturas parciales, descalifican a quienes defienden la Constitución y la vida, y bajan línea en producciones de ficción para sensibilizar a la población.
Tal vez por esa complicidad de los medios de comunicación, además de los muchos millones de dólares llegados del exterior que aceitan la siniestra maquinaria del odio a la vida humana, es que muchos ingenuos tienen incorporados argumentos falsos sin saberlo.
El Dr. Fernando Secín, urólogo, oncólogo y cirujano, integrante de Salud Pro Vida, se detuvo a explicar algunos aspectos del protocolo del ministerio de Salud para que la población conozca en qué medida ataca la vida humana y la tarea profesional de los médicos.
"El protocolo pretende consagrar en la práctica aquello que la Constitución Nacional y los tratados internacionales prohíben. Se pone una resolución ministerial por encima de la Carta Magna argentina sabiendo que los ministerios no tienen la potestad de dictar leyes", señaló Secín.
El protocolo nacional "no exige que el peligro para la salud materna sea de una intensidad determinada. Bastará con la potencialidad de la afectación de la salud para llevar adelante el aborto", lo que permite realizar la cruenta práctica bajo cualquier causal.
Otro de los aspectos que menciona el cirujano es que el protocolo conspira con la objeción de conciencia ya que no permite a los médicos orientar adecuadamente a las madres para ofrecerle una salida que no implique la muerte de su hijo. Y si la cantidad de profesionales no fuera suficiente, un médico deberá realizar el aborto aún estando en contra bajo amenaza de sanciones civiles, penales o administrativas.
La resolución administrativa de gobierno nacional encabezado por Alberto Fernández favorece a los violadores y proxenetas, toda vez que no se obliga a realizar denuncia alguna cuando la mujer argumente que el embarazo que lleva es fruto de una violación. Tampoco se permite hacer acopio de ADN ni organizar un banco de datos de abusadores.