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Sin justicia, ni respeto por la Constitución y las instituciones no hay país posible
   
En una muestra más de la profunda decadencia en la que está sumergida la Argentina, la justicia acaba de considerar culpable al Dr. Leandro Rodríguez Lastra (MPRN 6818) por no haber matado a un niño. Es así de simple la descripción de lo sucedido, aunque es posible sumarle más datos para comprender la clase de guerra que vive nuestro país.

Hace muchos años que, ante la inacción de la mayoría de la población -incluso de los que tenían una postura clara respecto a la defensa de la vida-, vino creciendo el lugar, el desenfado, la financiación y el lobby político para atacar todo cimiento de la sociedad, sea su fe, su valoración de la familia, del trabajo honesto, el decoro y la dignidad de las personas.

La clase política (tan propensa a pensar en sus propios beneficios de modo excluyente), la Iglesia Católica (tan alejada muchas veces del coraje de decir las cosas frontalmente a quienes atacan a la familia y a la fe), los medios de comunicación (tan escasos de virtudes, tan ajenos a la verdad y tan oportunistas en general) y los ciudadanos comunes (que suelen pensar que sólo basta con trabajar y "no hacerle mal a nadie"), han sido partícipes necesarios de un proceso de decadencia vergonzoso.

Esto no significa que los argentinos comunes no valoren la vida y la familia, pero es fácil imaginar que la mayoría jamás pensó que, poco a poco, iban a aparecer personas en la función pública y en los medios de comunicación promoviendo y justificando formas de vivir tan alejadas de la naturaleza, la decencia y el Bien Común. ¿Podrían haber imaginado que un día iba a ser necesario salir a la calle a pedir que no perviertan o maten a los niños?

Los acontecimientos recientes de casos mediatizados en los que el Estado hizo todo lo que estuvo a su alcance para liquidar niños antes de nacer (Buenos Aires, San Juan, Concordia, Tucumán, Jujuy, entre otros), sumado a esta mala noticia en Río Negro, demuestran que el totalitarismo antivida VA POR TODO y que su voraz apetito de sangre inocente no pone reparo alguno para lograr sus fines.

A los inmorales soldados de la dictadura abortista no les importa si, como lo hemos dicho cientos de veces, la Constitución Nacional y el conjunto de normas subordinadas -el Código Civil y Comercial y el Código Penal- protegen la vida humana desde la concepción. Les basta con un fallo judicial inválido ("F., A. L.") para poner en marcha un manual de procedimientos que parezca darle justificación a la desaparición forzada de menores, y socavar cualquier esbozo de virtud en la juventud. ¿Acaso sorprende que el juez Álvaro Meynet haya invocado ese fallo de 2012 para la sentencia del Dr. Rodríguez Lastra? (1)

"La justicia es parte del problema", le dije a un amigo hace poco. Y él me respondió categórico: "La justica ES el problema". Y todo demuestra que es así.

Si en la Argentina hubiera justicia y respeto por las instituciones, muchos que están libres estarían encarcelados; muchos que salieron en libertad no hubieran tenido la ocasión de volver a delinquir y matar; muchos funcionarios o ex funcionarios no podrían haber participado de elecciones; ningún presidente de la Nación se habría animado a poner el valor de la vida humana en una mesa de debates; ningún Estado habría habilitado a un laboratorio a producir medicamentos para destruir seres humanos en gestación; ningún funcionario nacional podría firmar convenios con organizaciones nacionales o extranjeras que fomentan el aborto y la ideología de género; nadie podría llevar un sucio trapo verde promotor del derecho a matar niños en un programa de televisión; ningún médico tendría dudas al proteger la vida.

El Dr. Rodríguez Lastra acaba de decir, luego de recibir el balde de agua helada de una sentencia antijurídica, que continuará su batalla legal confiando en que la justicia, la verdadera, prevalecerá. Nos agrada que diga eso y haremos todo lo que esté a nuestro alcance para apoyar esa lucha y la de todos los que defienden la vida desde la concepción y hasta la muerte natural.

Equivocándose, el juez Álvaro Meynet declaró al tocoginecólogo acusado "penalmente responsable" por el delito de "incumplimiento de los deberes de funcionario público", desconociendo que por encima de la ley provincial rionegrina está el marco jurídico argentino que no lo obliga a matar niños y que, como si fuera poco, Leandro Rodríguez Lastra NO ES FUNCIONARIO PÚBLICO, sino un empleado del hospital "Pedro Moguillansky" de Cipolletti.

Vale recordar, también, que el caso de la mujer que atendió en Abril de 2017 con un cuadro delicado de salud llegó con un embarazo de 22 semanas (más de 5 meses) no se ajusta a las causales que invoca el Código Penal, ya que no se trata de un individuo demente o insano, aunque seguramente alterado por la situación. Y que la mujer no consignó, al menos en primer término, que el embarazo que quería cancelar fuera producto de una violación.

 

La diputada y médica pediatra Marta Milesi, autora del proyecto que se convirtió en la ley provincial Nº 4796, fue la que denunció a Rodríguez Lastra y los fiscales Santiago Márquez Gauna, Rita Lucía y Anabella Camporessi apoyaron el caso ante el juez Julio Sueldo quien decidió llevar a juicio al ginecólogo.

Es evidente que Milesi, como cualquier ciudadano, puede hacer una presentación ante la justicia por algo que considere que puede ser un delito, pero es una justicia militante del aborto la que le dio cabida e impulso a una causa que niega la Constitución Nacional, el Código Civil y Comercial y el Código Penal vigentes.

Poco le importa a la justicia militante si hay una mujer que tuvo contención y aceptó tener a su hijo, si ese hijo accedió al derecho a la vida y a una familia (adoptiva), si un hombre y una mujer pudieron dar amor a un niño.

No imaginamos al juez Meynet, a los fiscales Márquez Gauna y Camporessi, a la diputada Milesi, o a los periodistas del Grupo Clarín o de otros medios militantes siendo capaces de decirle al niño de 2 años que protegió Rodríguez Lastra,… que ellos estarían felices de que lo hubieran asesinado en 2017. Aunque eso sea lo que realmente piensan.


(1) Se refiere a un caso que se inició en Enero de 2010, cuando una abuela ("A. F."), pidió que se eliminara al niño que gestaba su hija de 15 años ("A. G."), quien había sido violada por su marido ("O. C.").
La intervención médica abortiva se produjo finalmente el 11 de Marzo de 2010 en el Centro Materno Infantil del Hospital Zonal de Trelew y el caso llegó a la Suprema Corte.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió en Marzo de 2012 hacer una caprichosa interpretación del Código Penal para justificar el homicidio del niño, cancelando la consideración de la salud mental de su progenitora.


-> Alberto Mora

 
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