Las tradicionales bolsas de plástico, que tanto daño causan al medio ambiente desde hace años, han sido prohibidas por una Ley del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires que sólo permitirá el uso de bolsas que figuren dentro del registro de biodegradables, evitando de este modo que se continúe contaminando el suelo y las aguas.
Luego de que en San Isidro se legislara en esta materia (en la sesión del Concejo Deliberante del 16 de Julio pasado), ahora la ley de la provincia, impulsada por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), fue votada el jueves 11 de Septiembre por el Senado Provincial y ya contaba con la media sanción de la Cámara Baja. Ahora falta la promulgación por parte del Ejecutivo para su entrada vigencia.
Con esta nueva iniciativa se logrará "prohibir en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico convencional, utilizados y entregados por supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías" según se expresa en el artículo primero de la nueva Ley.
Según los plazos preestablecidos, los fabricantes deberán registrar las nuevas tecnologías en materia de producción de bolsas biodegradables y los comercios tendrán de 12 a 24 meses de plazo para eliminar sus sistema actual y reemplazarlo productos alternativos más amigables con el medio ambiente, como las bolsas de papel o los plásticos biodegradables.
Ahora la provincia cuenta con una normativa que permitirá colaborar con una nueva cultura en materia de consumo sostenible para que los industriales, los comercios y la gente comiencen a sensibilizarse con el problema de la contaminación.
En San Isidro, sobre esta temática, está vigente la ordenanza N° 8.366, que prohíbe en todo el ámbito del partido la entrega de bolsas confeccionadas con materiales que no reúnan las características biodegradables, oxibiodegradables, hidrodegradables o cualquier otro tipo similar para el transporte de mercadería adquirida en supermercados, hipermercados, shoppings y comercios mayoristas o minoristas en general.
El objeto de la medida es preservar el ambiente y mejorar la calidad de vida de la sociedad actual, como también de las generaciones futuras, avanzando hacia la obtención de un desarrollo sustentable.
Por tal motivo es de especial importancia comenzar a reducir la generación de los efectos contaminantes que provoca la disposición de bolsas y embalajes de material plástico no degradable, suministrados por los comercios que se encuentran dentro del ejido municipal.
Para la confección e impresión de inscripciones en los envases degradables deben emplearse sustancias y materiales de características no tóxicas que respeten las normas ambientales vigentes.
Con el propósito de adecuarse a los objetivos establecidos y para la instrumentación de los cambios necesarios por parte de los comercios, estos pueden efectuar sus consultas en la Dirección de Gestión Ambiental, Seguridad y Habilitaciones Industriales, dependiente de la Secretaría de Inspecciones y Registros Urbanos de la comuna. Por correo electrónico dirigirse a inspección@sanisidro.gov.ar